ANTICIPO DE IMPUESTO A LA RENTA

Mediante Decreto Ejecutivo No. 1109, el Presidente Lenin Moreno dispone la recaudación anticipada del Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2020 para grandes empresas que en el primer semestre hayan tenido Utilidad Contable (UC).


El cálculo será de la siguiente manera:

ANTICIPO= (85% de la UC * 25%)- RF 2020.

UC= Utilidad contable RF 2020= Retenciones en la fuente que constituyan credito tributario de renta a junio 2020. Para ver el Decreto Ejecutivo 1109, acceda en el siguiente link:

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